Consejo directivo

Es la instancia directiva, de orientación académica y administrativa en la cual participan todos los integrantes de la comunidad educativa.

COMPOSICIÓN:

El Consejo Directivo estará integrado así:

• El Rector quien lo presidirá.

• Por dos (2) representantes del personal docente, elegidos por mayoría de los votantes en una asamblea de docentes.

• Por dos (2) representantes de los Padres de Familia elegidos en el Consejo de Padres, con la excepción establecida en el parágrafo 2 del artículo 9 del presente decreto que dice: “Parágrafo 2. Cuando el número de afiliados a la asociación de padres alcance la mitad más uno de los padres de familia de los estudiantes del establecimiento educativo, la Asamblea de la asociación elegirá uno de los dos representantes de los padres ante el Consejo Directivo, caso en el cual el consejo de padres elegirá solamente a un padre de familia como miembro del consejo directivo”.

• Por un (1) representante de los estudiantes, elegidos por el Consejo de Estudiantes, entre las estudiantes que se encuentren cursando el grado 11°.

• Por una (1) representante de las exalumnas.

• Por un (1) representante de los sectores productivos.


SE ELIGE:

Dentro de los primeros sesenta días calendario siguientes al de la iniciación de clases de cada período lectivo anual, deberá quedar integrado el Consejo Directivo y entrar en ejercicio de sus funciones. Para ello, el Rector convocará con la debida anticipación a los diferentes estamentos para efectuar las elecciones correspondientes.

FUNCIONES:

(Tomado del Decreto 1860). Las funciones del Consejo Directivo serán las siguientes:

a) Presentar y considerar las iniciativas de los miembros de la Comunidad Educativa que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar.

b) Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean competencia de otra autoridad, tales como las reservadas a la dirección administrativa, en el caso de los establecimientos privados.

c) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre los docentes y administrativos con los alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia.

d) Adoptar el manual de convivencia y reglamento de la institución.

e) Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de los nuevos alumnos.

f) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se siente lesionado.

g) Aprobar el plan anual de actualización académica del personal docente presentando por el Rector.

h) Participar en planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que hagas sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y los reglamentos.

i) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa.

j) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno, de acuerdo al Manual de Convivencia. En ningún caso pueden ser contrarias a la dignidad del estudiante.

k) Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.

l) Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

m) Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa.

n) Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.

o) Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y estudiantes.

p) Aprobar el Presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y los provenientes de pagos legalmente autorizados, efectuados por los padres y responsables de la educación de los alumnos, tales como derechos académicos, uso de libros, de textos y similares.

q) Asistir puntualmente a toda las reuniones.

r) Aprobar el Presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de recolectarlos.

s) Presentar y considerar las iniciativas de los miembros de la Comunidad Educativa que redunden en la práctica de la participación democrática en la vida escolar.

t) Presentar las sugerencias de los estamentos de la Comunidad Educativa para asesorar a la rectora en la toma de decisiones; y mantener informados a sus representados.

u) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes, administrativos y alumnos del establecimiento educativo y después de haber agotado los procedimientos previstos en el Reglamento o Manual de Convivencia.

v) Adoptar y revisar periódicamente el Manual de Convivencia o Reglamento Escolar, con al fin de hacerlo cada vez más funcional de acuerdo a las exigencias.

w) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la Institución Educativa; manteniendo un permanente contacto con los organismos del Gobierno Escolar, para conocer las actividades que están desarrollando.

x) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno, de acuerdo a lo establecido por el Manual de Convivencia de la Institución Educativa Distrital Laura Vicuña.

y) Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.

z) Recomendar criterios de participación de la Institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

aa) Mantener una relación de asesoría con cada uno de los representantes del Consejo de estudiantes y egresados.

bb) Reglamentar, promover y supervisar el buen desarrollo de los procesos electorales previstos por la Ley en el Decreto 1860 y el Proyecto de Gobierno Escolar de la Institución Educativa Distrital Laura Vicuña.

cc) Darse su propio reglamento.

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